Se denomina impacto ambiental a las consecuencias provocadas por cualquier
acción que modifique las condiciones de subsistencia o de sustentabilidad de un
ecosistema, parte de él o de los individuos que lo componen. No existe una
valoración cuantitativa universalmente aceptada para determinar el grado de
afectación de un impacto, salvo aquellos casos en que la acción que lo provoca
está asociada a una cantidad mensurable; Por ejemplo, la concentración de un
determinado contaminante.
Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.)
Es el conjunto de estudios y sistemas técnicos dados como un proceso de análisis, que permite estimar los efectos que la ejecución de un proyecto, obra o actividad referidos a determinadas etapas de la vida de la empresa o emprendimiento, como son su emplazamiento o instalación causa sobre el medio ambiente, así como su corrección prevención y valoración a fin de ser aceptado, modificado o rechazado por las autoridades de control.
En cambio cuando se trata de evaluar los riesgos medioambientales generados y establecer y aplicar un programa medioambiental para que se cumpla la legislación medioambiental, no sólo cuando se crea la empresa o emprendimiento, sino también durante su funcionamiento, debemos hablar de auditoría ambiental.
Según las características de las interacciones, el estudio puede tener alcance local, regional o global.
El alcance global se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan todo el planeta o gran parte de él. Un ejemplo es el estudio del impacto ambiental provocado por la generación de dióxido de carbono, aumentando el efecto invernadero y por consiguiente la temperatura media del planeta.
El alcance regional se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan una región determinada. Un ejemplo sería el estudio del impacto ambiental provocado por la construcción de una represa, modificando los cursos de agua y afectando, por ejemplo, el recurso suelo.
El alcance local se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan al radio de influencia del emprendimiento. Un ejemplo es un estudio de impacto ambiental que involucre los impactos generados por los residuos de un establecimiento fabril.
Es el conjunto de estudios y sistemas técnicos dados como un proceso de análisis, que permite estimar los efectos que la ejecución de un proyecto, obra o actividad referidos a determinadas etapas de la vida de la empresa o emprendimiento, como son su emplazamiento o instalación causa sobre el medio ambiente, así como su corrección prevención y valoración a fin de ser aceptado, modificado o rechazado por las autoridades de control.
En cambio cuando se trata de evaluar los riesgos medioambientales generados y establecer y aplicar un programa medioambiental para que se cumpla la legislación medioambiental, no sólo cuando se crea la empresa o emprendimiento, sino también durante su funcionamiento, debemos hablar de auditoría ambiental.
Según las características de las interacciones, el estudio puede tener alcance local, regional o global.
El alcance global se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan todo el planeta o gran parte de él. Un ejemplo es el estudio del impacto ambiental provocado por la generación de dióxido de carbono, aumentando el efecto invernadero y por consiguiente la temperatura media del planeta.
El alcance regional se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan una región determinada. Un ejemplo sería el estudio del impacto ambiental provocado por la construcción de una represa, modificando los cursos de agua y afectando, por ejemplo, el recurso suelo.
El alcance local se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan al radio de influencia del emprendimiento. Un ejemplo es un estudio de impacto ambiental que involucre los impactos generados por los residuos de un establecimiento fabril.
Las auditorías ambientales de funcionamiento se realizan con el objeto de evaluar
y analizar los riesgos medioambientales generados por la empresa, para
establecer y desarrollar un programa medioambiental de manera que cumpla la
legislación vigente a nivel municipal, provincial y nacional y que su
funcionamiento sea el correcto en todo momento.
Las auditorías ambientales de funcionamiento pueden ser internas si la
empresa a través de sus propios equipos la realiza como instrumento interno de
control y de mejora del funcionamiento; o internas si la empresa por no poseer
los medios adecuados o por necesitar un diagnóstico más objetivo, contrata una
empresa privada especializada.
Las auditorías ambientales de funcionamiento constan de una descripción completa y detallada de la actividad, de una verificación del cumplimiento de la legislación vigente y de una verificación de la aplicación de las políticas, programas y elementos de gestión que hacen a la organización medioambiental de la empresa. La conclusión de la misma es un informe en donde figura la explicitación de todo lo anterior y las modificaciones sugeridas.
Luego de la auditoría debe quedar establecido:
Una nueva revisión del manual de gestión ambiental
Una nueva revisión de objetivos de gestión ambiental
Una nueva revisión del Plan de Monitoreo Ambiental (en el mismo debe incluirse la fecha tentativa de una nueva auditoría) de acuerdo al Decreto N° 1.257, relativo a las “Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente” (1), el cual contempla lo siguiente:
Las auditorías ambientales de funcionamiento constan de una descripción completa y detallada de la actividad, de una verificación del cumplimiento de la legislación vigente y de una verificación de la aplicación de las políticas, programas y elementos de gestión que hacen a la organización medioambiental de la empresa. La conclusión de la misma es un informe en donde figura la explicitación de todo lo anterior y las modificaciones sugeridas.
Luego de la auditoría debe quedar establecido:
Una nueva revisión del manual de gestión ambiental
Una nueva revisión de objetivos de gestión ambiental
Una nueva revisión del Plan de Monitoreo Ambiental (en el mismo debe incluirse la fecha tentativa de una nueva auditoría) de acuerdo al Decreto N° 1.257, relativo a las “Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente” (1), el cual contempla lo siguiente:
·
Descripción del proyecto en las fases de construcción
y operación. Contempla reseñar las características generales del proyecto y de
cada una de las etapas previstas. Permite identificar los elementos ambientales
potencialmente afectados por la implementación del proyecto.
·
Caracterización ambiental -físico-natural, biológica y
socio-económica-: Presenta la descripción del ámbito espacial donde se pretende
insertar el proyecto y su área de influencia. Se constituye en la información
que evidencia las condiciones ambientales existentes antes de iniciar el
proyecto.
·
Identificación de efectos y evaluación de impactos:
Resulta de la superposición del proyecto en el ámbito espacial donde se propone
su ubicación y su área de influencia. Contempla la descripción de las obras y
actividades del proyecto y de los cambios que cada una de ellas son capaces de
producir en el ambiente. También se identifican los potenciales efectos y
riesgos naturales que pudieran limitar la construcción y/u operación del
proyecto.
·
Proposición de medidas: Los impactos identificados
serán objeto, en lo posible, de medidas de prevención, mitigación, corrección,
control y/o compensación. Las medidas tienen la intención de reducir los
impactos a niveles aceptables, de acuerdo a la normativa técnica, legal, planes
y programas de desarrollo.
·
Plan de supervisión ambiental: Contempla la propuesta
de las actividades que permitan dar seguimiento a la ejecución de las
actividades previstas en cada una de las fases del proyecto, así como la
implantación del programa de seguimiento. Permite constatar la ejecución del
proyecto de acuerdo a lo previsto, así como verificar el cumplimiento y
eficiencia de las medidas propuestas.
Posteriormente, en el momento en el que se inicie la
ejecución de las nuevas obras y actividades, se deberá implementar el Plan de
Supervisión Ambiental, diseñado en el EIA. Esta actividad permitirá constatar
la ejecución del proyecto de acuerdo a lo previsto, así como verificar el
cumplimiento de las medidas propuestas, durante la fase de construcción del
proyecto y de las edificaciones propuestas.
Los
principales objetivos que se buscan con las Evaluaciones De Impacto Ambiental
(EIA) son:
—
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Obtener conocimiento de la oferta ambiental o de la
situación ambientesin proyecto.
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—
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Identificar consecuencias benéficas y perjudiciales más
significativas al entorno (impactos del proyecto sobre el ambiente).
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—
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Formular las medidas de manejo para los impactos
identificados y valorados.
|
—
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Garantizar que el proyecto cumpla con las leyes ambientales.
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—
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Tener elementos y señales para ajustar o replantear el proyecto (en
todas sus fases).
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—
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Incluir los costos ambientales en la estructura de
costos del negocios.
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—
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Crear espacios de participación ciudadana que concilien
las expectativas de la comunidad y los intereses de inversionistas.
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—
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Determinar la viabilidad ambiental de los proyectos,
garantizando que existen y están disponibles los RRNN que estos requieren
(Demandas ambientales)
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—
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Determinar la existencia de IA sobre el proyecto.
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En términos generales una EIA aplica como:
— Instrumento planificador. — Instrumento para la toma de decisiones. — Instrumento viabilizador de los proyectos. — Énfasis en lo significativo e importante
TIPOS DE IMPACTO
Impacto ambiental compatible: Aquel cuya recuperación
es inmediata tras el cese de la actividad, y no precisa de prácticas
protectoras o correctoras.
Impacto ambiental moderado: Aquel cuya recuperación no
precisa prácticas protectoras o correctoras intensivas, y en el que la
consecución de las condiciones ambientales iniciales requiere cierto tiempo.
Impacto ambiental severo: Aquel en el que la
recuperación de las condiciones del medio exige la adecuación de medidas
protectoras o correctoras, y en el que, aun con estas medidas, aquella
recuperación precisa un periodo de tiempo dilatado.
Impacto ambiental crítico: Aquel cuya magnitud es
superior al umbral aceptable. Con él se produce una pérdida permanente de la
calidad de las condiciones ambientales, sin posible recuperación, incluso con
la adopción de medidas protectoras o correctoras.
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